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Gobierno y CCAA pactan la ‘hoja de ruta’ ante los rebrotes

El protocolo despeja al fin dudas sobre el posible cierre total de establecimientos, la situación de bares y restaurantes y el uso de los espacios comunes en las residencias de estudiantes.

EjePrime

22 oct 2020 - 19:53

Gobierno y CCAA pactan la ‘hoja de ruta’ ante los rebrotes

 

 

Cómo afectarán al real estate, paso a paso. El Gobierno y las comunidades autónomas españolas han pactado hoy un plan coordinado de acción anti-Covid-19 que establece al fin una hoja de ruta para actuar en caso de rebrotes. El nuevo plan fija los escenarios a los que se enfrentará el comercio en los diferentes territorios españoles en función de la situación epidemiológica y el nivel de saturación de la sanidad.  

 

El protocolo de Actuaciones de respuesta coordinada para el control de la transmisión de COVID-19, aprobado por el Consejo Interterritorial del Sistema Nacional de Salud, señala que los locales comerciales deberán limitar su aforo al 75% en el nivel de alerta 1 (de los cuatro que describe el plan) y al 50% en el nivel 2. En el nivel de alerta 3, cuando la situación epidemiológica sea de transmisión comunitaria no controlada y sostenida que “excede las capacidades de respuesta del sistema sanitario”, los locales comerciales sólo podrán ocupar al 33% de su capacidad.

 

El documento también especifica que en todos los casos los servicios de recogida y envío a domicilio se mantendrán operativos, siempre manteniendo las medidas de distanciamiento e higiene y prevención. Para los locales muy pequeños, como estancos, donde no se pueda mantener la distancia de seguridad, sólo se permitirá la permanencia de un único cliente dentro del local.

 

 

 

 

El plan, aprobado siete meses después de la llegada de la pandemia a España, despejar dudas para el comercio ante la nueva oleada de rebrotes que se suceden en toda la geografía española, y lo hace sin recoger medidas controvertidas como el límite a los descuentos y promociones o la discriminación de diferentes medidas en función del tamaño de los locales. Tampoco prevé un cierre total de comercios, tal y como ocurrió durante el primer estado de alarma de marzo a junio.

 

Ahora bien, el mismo documento anticipa que, en el nivel de alerta 4 supondrá sumar a las medidas del nivel 3 otras “medidas excepcionales que podrán incluir restricciones adicionales”. “En el caso de que su adopción requiriera de la activación del mecanismo previsto en el artículo cuarto de la Ley Orgánica 4/1981, de 1 de junio, de los estados de alarma, excepción y sitio, el presidente de la comunidad autónoma solicitará al Gobierno la declaración de estado de alarma”, apunta el acuerdo.

 

El documento desarrolla el llamado Plan de Respuesta Temprana en un escenario de control de la pandemia por Covid-19, aprobado por el Consejo Interterritorial del Sistema Nacional de Salud del 16 de julio, y que establece las capacidades de preparación y respuesta que se deben garantizar para actuar frente a un incremento de la transmisión del virus.

 

 

 

 

Dicho Plan “indica que las comunidades autónomas deben disponer de planes de contingencia para reforzar las capacidades a nivel asistencial (primaria y hospitalaria) y de salud pública y prepararse para responder a cualquier escenario de aumento de transmisión, asumiendo que no existe un enfoque único en la gestión de los casos y los brotes de Covid-19 y que se deben evaluar los riesgos en cada territorio según sus particularidades”.

 

La realidad ha derivado, no obstante, en una flagrante descoordinación entre las diferentes comunidades autónomas con el Gobierno central y en el enfrentamiento político como el registrado entre el Ejecutivo de Pedro Sánchez y la Comunidad de Madrid. Para el comercio, el protocolo establece al menos una hoja de ruta previsible, estableciendo criterios para evaluar el nivel de alerta y su impacto en términos de restricciones a la actividad comercial.

 

 

Mascarilla obligatoria en restauración

En el caso de los establecimientos de restauración y hostelería, que incluye los restaurantes de los hoteles, en el primer nivel de alerta se permitirá la apertura del 75% del aforo interior con un máximo de diez personas por grupo. Estos guarismos se reducen al 50% del aforo y grupos de seis personas en el nivel de alerta 2.

 

En ambos casos, los locales deberán asegurar la ventilación y tanto los trabajadores como los usuarios deberán usar mascarilla salvo en el momento de comer y beber. Además, se eliminan los servicios de self-service.

 

En el tercer nivel de alerta las autoridades sanitarias de cada región deberán valorar el cierre de las zonas interiores o la reducción de los aforos “al mínimo posible”. En todo caso, se permitirá el servicio de recogida en local, tanto a pie como en vehículo, y de envío a domicilio.

 

 

 

 

En cuanto a las terrazas, también se aplica la obligatoriedad de las mascarillas cuando no se esté comiendo o bebiendo. El texto recoge que las mesas deberán estar a una distancia de 1,5 metros y con todos los clientes sentados.

 

En el nivel de alerta 1, los grupos podrán ser de hasta quince personas. En el segundo nivel, el aforo máximo será del 75% y los grupos de como máximo diez personas; mientras que en el tercer nivel se mantiene el aforo del 75% aunque la medida del grupo se reduce a seis personas. En este último nivel, los establecimientos deben cerrar a las once de la noche y no pueden admitir clientes a partir de las diez de la noche.

 

 

Limitaciones en las residencias de estudiantes

En las residencias de estudiantes, durante el nivel de alerta uno se permitirá la apertura de las zonas comunes como comedores o salas de estudio con una ocupación máxima del 75%. 

 

Cuando el nivel de alerta ascienda a la fase dos se limitará el aforo de las instalaciones al 50%. Si se alcanza el tercer nivel de alerta sanitaria, las zonas comunes abrirán a un tercio de su aforo y se prohibirán las visitas.