El Supremo desestima los recursos contra el pleno que rectificó el giro sobre el impuesto de las hipotecas
El recurso presentado apuntaba como posible ilegalidad que no se informara a las partes de la convocatoria del pleno que fijó que fueran los clientes quienes asumieran el pago de dicho impuesto.
11 feb 2019 - 10:03
El pleno que dictó el giro del impuesto de las hipotecas fue totalmente legal. Así lo ha establecido la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo (TS), que se ha reunido este lunes para estudiar el recurso del Ayuntamiento de Rivas Vaciamadrid (Madrid) que solicita que se anule el pleno que dictó que fueran los clientes quienes pagaran el impuesto sobre los actos jurídicos documentados, conocido como el impuesto de las hipotecas.
La petición de la empresa fue admitida a trámite el 10 de enero, lo que obligó a reunir a todos los magistrados de la sala para revisar el asunto, según han informado a Europa Press fuentes jurídicas. El recurso apunta como posible ilegalidad que no se informara a las partes de la convocatoria del pleno que fijó la posición final del asunto. Tras estudiar los argumentos, los magistrados han decidido desestimarlos. Expondrán sus argumentos jurídicos en un auto que se publicará próximamente.
El pleno puesto en cuestión fue polémico. La decisión surgió tras 16 horas de deliberaciones y el resultado estuvo totalmente fragmentado, 15 votos frente a 13 votos. El criterio del pleno quedó sin efecto esa misma semana, cuando el Consejo de Ministros aprobó un Real Decreto en sentido contrario.
La sentencia sobre el impuesto de las hipotecas fue polémica desde el primer momento. El mes de noviembre el TS dictó que los bancos asumieran el pago de este impuesto. Duramente criticado, el fallo provocó que el presidente de la sala, Luís María Díez-Picazo convocara un pleno para revisar la doctrina porque suponía un “giro radical” en la jurisprudencia y provocaba una “enorme repercusión económica y social”. El pleno, ahora cuestionado, demostró la polarización del TS.