La nueva directiva EPBD en 2026: acelerando la renovación de edificios

El departamento de Gestión Técnica de Savills explica las claves de la directiva europea y su transposición al ordenamiento español

La nueva directiva EPBD en 2026: acelerando la renovación de edificios
La nueva directiva EPBD en 2026: acelerando la renovación de edificios

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17 dic 2025 - 09:00

La transposición de la directiva (UE) 2024/1275 del Parlamento y el Consejo al ordenamiento español está prevista para el año que viene y será obligatoria en 2026 desde su publicación, probablemente en abril. A partir de entonces habrá que cumplir las medidas que conlleva y que buscan acelerar el ritmo de renovación de edificios en la UE, especialmente aquellos con peor comportamiento energético. Esta trasposición se llevará a cabo en España a través del Plan Nacional de Renovación de Edificios y el Código Técnico de Edificación.

 

Esta nueva normativa afecta a cualquier edificio, tanto si es de ámbito privado como público y de cualquier tipología de activos del sector inmobiliario, según ha explicado Oliver Marín, de Gestión Técnica en Savills en una jornada para profundizar en los pasos a corto, medio y largo plazo. “Ayudamos a definir la hoja de ruta necesaria para cumplir con los objetivos de descarbonización, realizando una preevaluación del estado actual de los activos, analizando el impacto de la nueva normativa en cada portfolio o en activos específicos”, explica Marín.

 

Por el momento, la Directiva de Eficiencia Energética ya ha puesto fin a las subvenciones de calderas fósiles. Desde enero de este año, no se financian las instalaciones de este tipo de calderas, mientras que para 2040 se espera la eliminación total de calderas de combustibles fósiles en todos los edificios.

 

Para alcanzar el objetivo de que todos los edificios sean cero emisiones para 2050, todos los edificios públicos tendrán que adaptarse obligatoriamente para el 2028.

 

 

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Dos años más tarde, en 2030, se ampliará a todos los edificios nuevos.  Además, para los edificios existentes, se pedirá que se cumpla con la renovación del 16% de los edificios menos eficientes respecto a 2020 tanto en edificios residenciales como no residenciales. Para 2033, este porcentaje se verá incrementado al 26% en edificios no residenciales, y dos años más tarde, para 2035 la renovación en edificios residenciales deberá ser del 20% al 22% del total de los edificios.

 

Una de las mayores novedades se basa en objetivos de movilidad sostenible, promoviendo la infraestructura necesaria no solo de vehículos eléctricos sino también de bicicletas. Se exigirán puntos de carga en aparcamientos, así como preinstalaciones y espacios obligatorios para bicicletas en los edificios.

 

En edificación nueva y en renovaciones no residenciales deberá existir un punto de carga para vehículos eléctricos por cada cinco plazas, pre-cableado en el 50% y aparcamiento para bicicletas equivalente al 15% del aforo medio o al 10% de la capacidad total. En residencial con más de tres plazas, por su parte, se requiere un punto de carga (solo en obra nueva), pre-cableado del 50% y dos plazas de bicicleta por vivienda.

 

En los edificios no residenciales existentes con más de 20 plazas, se debe instalar un punto de carga por cada diez plazas o pre-cableado en el 50% antes del 1 de enero de 2027, además de aparcamiento para bicicletas en la misma proporción indicada. En los edificios públicos, se exige pre-cableado en al menos el 50% de las plazas antes del 1 de enero de 2033.

 

Esta nueva normativa también hace hincapié en el impulso a la energía solar y la tecnología fotovoltaica, obligando de manera progresiva a instalar o prever esta energía en edificios nuevos con las renovaciones importantes que conllevan.

 

Desde 2026 y para todos los edificios, la potencia mínima a instalar será del 2,5% de la superficie de cubierta no transitable. Para 2028, se exigirá la instalación obligatoria de tecnología fotovoltaica en edificios públicos y no residenciales nuevos con una superficie útil superior a 1.000 m2; y no será hasta el 2030 que se requiera esta instalación fotovoltaica también en edificios residenciales.

 

 

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Todo esto se medirá en un nuevo certificado de energética común en la Unión Europea que reflejará edificios desde la calificación G, siendo estos los que registren el peor rendimiento energético, hasta la calificación A+ que serán aquellos que anualmente generen in situ una cantidad de energía renovable mayor que su demanda anual de energía primaria.

 

Todas estas medidas exigen mayores requisitos para las instalaciones técnicas. Se observará un mayor control de calefacción, refrigeración, ventilación y calidad del aire interior. Y cada vez cobrarán mayor importancia los sistemas automáticos de todas estas instalaciones en activos no residenciales. Todos estos hitos buscan alcanzar la descarbonización completa del parque inmobiliario para el 2050.