Nuevo decreto inmobiliario en Catalunya
6 may 2024
En Catalunya, asistimos la semana pasada al diseño de un decreto (pendiente de ser reprobado) que regulaba el alojamiento temporal aplicando los límites del índice de precios a los apartamentos que se destinaban a estancias mensuales (tradicionalmente dedicado a estudiantes y a corporativos). El propósito de este decreto era taponar el trasvase de oferta del alquiler tradicional residencial después de la aplicación de otra ley en Catalunya en cuanto al índice de precios.
A raíz de la limitación de topes de alquileres y la falta de medidas jurídicas para proteger al propietario (okupas, impagos), muchos particulares y agencias cambiaron al régimen del alquiler al temporal por un perfil de inquilino más fiable (no tanto por el precio como quieren hacer creer). Resultado; en 2 meses de aplicación se ha perdido el 20% de la oferta de alquiler residencial existente en Barcelona. Pero el caso más grave es en urbes del área metropolitana, donde hay menos de 30 alquileres en ciudades como Sabadell, Terrassa o Cornellá.
El efecto inmediato de esta aplicación del nuevo decreto en el alojamiento temporal ha sido el mismo; reducción en 3 días del 30% de la oferta disponible. Paradójicamente, no se ha observado un incremento en la oferta de alquiler residencial…
Lo peligroso de esta medida es el impacto que puede tener sobre el tejido económico de la ciudad: universitarios que no podrán encontrar alojamiento, empresas que no podrán alojar a trabajadores, visitas médicas que tendrán que realizarse a distancia, procrastinación de muchas reformas de apartamentos, despidos y cierres de empresas de apartamentos… A nivel macro, podemos ser testigos de una pérdida de atractivo de nuestras escuelas y universidades, un desvío de empresas a otras comunidades autónomas que den más facilidades a nivel habitacional y una bajada de la inversión privada en desarrollo inmobiliario.
Los casos de Berlín y París han demostrado que la regulación de precios no ha servido para incrementar el parque de vivienda asequible para la población local. A pesar de que la teoría pudiera llevar a pensar en “más control de precios, menos pisos temporales, iguales a más pisos asequibles en larga estancia”, en la práctica no está ocurriendo. Y, ¿dónde se encuentran todos esos pisos que han “desaparecido”? Muchos propietarios prefieren tener sus pisos vacíos a alquilarlos con baja protección jurídica, algunos los pondrán a la venta a precios que solo podrán acceder fondos o fortunas extranjeras (irónico teniendo en cuenta la raíz del decreto), muchos solo alquilarán a familiares y amigos y otros harán la de “alquilo boli Bic a 1.000€ con apartamento de 2 habitaciones en Barcelona”.
Dejando de lado los escenarios cómicos o extremistas (aunque no los dejaría muy apartados), tengo la opinión de que si se quiere regular esta tipología debería haber un encuentro administrador con los agentes y empresas del sector, explorar estándares para explotar bajo esta categoría (con el consecuente incremento recaudatorio y de gestión de comunidades) y sobre todo centrarse en ofrecer más garantía jurídica y más oferta con inversión público-privada. No obstante, supongo que estas medidas no encajan en un calendario electoral tan ajustado.
Samuel Toribio
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