Mercado

La UE endurecerá la norma de emisiones cero a edificios de obra nueva en 2030

Los Estados miembro han acordado la introducción de normas mínimas de eficiencia energética que corresponderán a la cantidad máxima de energía primaria que pueden utilizar los edificios por metro cuadrado al año. 

EjePrime

25 oct 2022 - 17:12

 

La UE endurecerá la norma de emisiones cero a edificios de nueva construcción en 2030

 

 

El parque inmobiliario europeo avanza en su estratgia Fit for 55. El Consejo de la Unión Europea ha alcanzado hoy un acuerdo sobre una propuesta de revisión de la directiva relativa a la eficiencia energética de los edificios. Los principales objetivos de la revisión son que todos los edificios nuevos sean edificios de cero emisiones de aquí a 2030 y que los inmuebles ya existentes se transformen en edificios de cero emisiones de aquí a 2050.



El Consejo ha acordado que, a partir de 2028, los edificios nuevos propiedad de organismos públicos serán edificios de cero emisiones; a partir de 2030, todos los edificios nuevos serán edificios de cero emisiones. La UE apunta que será posible establecer excepciones para determinados edificios, en particular edificios históricos, lugares de culto y edificios utilizados con fines de defensa.



En lo que se refiere a los edificios existentes, los Estados miembros han acordado la introducción de normas mínimas de eficiencia energética que corresponderán a la cantidad máxima de energía primaria que pueden utilizar los edificios por metro cuadrado al año. El fin es activar renovaciones y conducir a una eliminación gradual de los edificios menos eficientes y a una mejora continua del parque inmobiliario.



En lo que se refiere a los edificios no residenciales existentes, los países de la Unión han acordado establecer umbrales de eficiencia energética máximos basados en el consumo de energía primaria. Un primer umbral establecería un límite por debajo del consumo de energía primaria del 15% de los edificios no residenciales menos eficientes en cada estado miembro. Se establecería un segundo umbral por debajo del 25%.



La UE ha acordado situar todos los edificios no residenciales por debajo del umbral del 15% de aquí a 2030 y por debajo del umbral del 25% de aquí a 2034. Los umbrales se establecerán basándose en el consumo de energía del parque inmobiliario nacional a fecha 1 de enero de 2020 y podrán variar en función de la categoría de los edificios.







En lo que se refiere a los edificios residenciales existentes, los Estados miembros han acordado establecer unas normas mínimas de eficiencia energética basadas en la trayectoria nacional, en consonancia con la renovación progresiva de su parque inmobiliario hacia un las cero emisiones en 2050, como se indica en sus planes nacionales de renovación de edificios.



La trayectoria nacional corresponde a la disminución del consumo medio de energía primaria del conjunto del parque de edificios residenciales en el período comprendido entre 2025 y 2050, con dos puntos de control para hacer balance de los avances de los Estados miembros.

 


Con ello, según la UE, se garantizará que el consumo medio de energía primaria del conjunto del parque de edificios residenciales sea al menos equivalente a más tardar en 2033, la clase de eficiencia energética D; a más tardar en 2040, un valor determinado a escala nacional derivado de la disminución progresiva del consumo medio de energía primaria en el período comprendido entre 2033 y 2050 en consonancia con la transformación del parque de edificios residenciales hacia un parque inmobiliario de cero emisiones.



Los Estados miembros también han acordado añadir una nueva clase, A0, a los certificados de eficiencia energética, que corresponderá a los edificios de cero emisiones. Los Estados miembros podrán añadir una nueva clase, A+, que corresponderá a los edificios que, además de ser edificios de cero emisiones, contribuyan a la red energética con la generación de energía renovable in situ.

 




Los certificados de eficiencia energética para edificios, previamente establecidos por la Directiva, clasifican los edificios en función de su eficiencia energética, en una escala de A (mayor eficiencia) a G (menor eficiencia). La UE también han acordado establecer requisitos para garantizar que todos los edificios nuevos se diseñen para optimizar su potencial de producción de energía solar. 



Los Estados miembros han acordado el despliegue de instalaciones de energía solar en todos los edificios públicos y no residenciales nuevos con una superficie útil superior a 250 metros cuadrados, a más tardar el 31 de diciembre de 2026; en todos los edificios públicos y no residenciales existentes que sean objeto de una reforma importante o de una renovación en profundidad, con una superficie útil superior a 400 metros cuadrados, a más tardar el 31 de diciembre de 2027, y por último, en todos los edificios residenciales nuevos a más tardar el 31 de diciembre de 2029.



Los países de la Unión han acordado los requisitos para implantar infraestructuras de movilidad sostenible, como puntos de recarga para coches y bicicletas eléctricos en los edificios o junto a ellos, precableado para futuras infraestructuras y plazas de aparcamiento para bicicletas. También han introducido pasaportes de renovación voluntarios para los edificios.


 

 Los Estados miembros han acordado publicar planes nacionales de renovación de edificios que incluirán una hoja de ruta con los objetivos nacionales para 2030, 2040 y 2050, por lo que respecta a la tasa de renovación energética anual, el consumo de energía primaria y final del parque inmobiliario nacional y las reducciones de sus emisiones de gases de efecto invernadero operativas; Los primeros planes se publicarán a más tardar el 30 de junio de 2026 y cada cinco años a partir de esa fecha.