Residencial

Los no residentes que compren vivienda a través de una sociedad no tributarán patrimonio

La dirección general de Tributos aclara que aquellas personas no residentes que adquieren una propiedad de lujo indirectamente, es decir, a través de una sociedad no estarán obligadas a tributar por patrimonio.

EjePrime

5 oct 2022 - 13:30

vivienda y patrimonio

 

Aclaración sobre el impacto del impuesto de patrimonio. La tenencia indirecta de inmuebles por parte de personas físicas no residentes estará exenta del tributo, según lo establece una reciente resolución de la dirección general de Tributos, que recoge Expansión.

 

La exención afecta sólo a aquellas personas no residentes que canalicen sus inversiones mediante una sociedad cuya residencial fiscal esté en otro país. Por lo tanto, no exime a aquellas personas físicas que hagan la compra directamente.

 

La resolución llega después de que el Tribunal Superior de Justicia de Baleares estableciera, en 2020, que una “persona física no residente en España, que sea titular de una entidad no residente, no está sujeta a Patrimonio”.

 

 

La medida tiene especial relevancia en un mercado como el español, donde la adquisición de residencial de lujo por parte de extranjeros tiene un peso importante. La compraventa de vivienda libre en España protagonizadas por extranjeros aumentó un 41,9% interanual en el segundo semestre de 2021, según la estadística hecha pública hoy por el Consejo General del Notariado.

 

En total, se transaccionaron 63.934 operaciones por parte de compradores foráneos, tras el acusado retroceso registrado en la primera mitad (-37,3%) y la segunda mitad (-10,8%) del año 2020. Los extranjeros residentes realizaron el 54,8% de las compraventas, aumentando en un 27,4% interanual. El restante 45,2% de las operaciones fueron de no residentes, elevándose un 64,5%.