Armonizar el impuesto de sucesiones aportaría 7.000 millones extra, según el Banco de España
Un estudio del Banco de España concluye que los ingresos públicos asociados al Impuesto de Sucesiones y Donaciones (ISD) pasarían del 0,23% al 0,7% del PIB. Para ello habría que reformar el modelo de financiación autonómica.


1 jul 2025 - 13:24
Armonización fiscal. La competencia fiscal que mantienen las diferentes comunidades autónomas en aquellos impuestos sobre los que tienen capacidad normativa para su modificación en virtud del actual sistema de financiación autonómica en vigor, puede llegar a tener efectos recaudatorios tanto en los distintos territorios como en el conjunto del impuesto.
Precisamente, en este debate en el que unas comunidades optan por subir sus tipos y otras por lo contrario, ha ternado el Banco de España refiriéndose a un impuesto, como el de sucesiones y donaciones, en el que la riqueza inmobiliaria cuenta con un mayor peso frente a otro tipo de activos a la hora de ejecutar herencias o realizar el traspaso de la propiedad.
Según un artículo publicado en su web bajo el título “El posible impacto recaudatorio de algunas reformas hipotéticas del impuesto sobre sucesiones y donaciones”, estima que, si todas las comunidades autónomas fijasen los parámetros de este impuesto en los niveles que estipula la ley estatal que sirve como referencia para este tributo, la recaudación podría elevarse en medio punto de Producto Interior Bruto (PIB), desde el 0,23% hasta el 0,7%. Este porcentaje en euros contantes y sonantes, teniendo en cuenta un PIB de 1,5 billones de euros (2023), sería pasar de una recaudación de 3.450 millones de euros a algo más de 10.500 millones.
La recaudación media en la UE se sitúa en el 0,15% del PIB, frente al 0,23% de España
Según se explica en este estudio, los ingresos (con datos de 2023) totales por este tributo alcanzaron el 0,23% del PIB, un porcentaje ligeramente por encima del 0,15% que se recauda de media en la Unión Europea (UE). La recaudación fue similar a la de Alemania y Dinamarca, y se situó por debajo de la de Francia y Bélgica (0,8% y 0,6% del PIB, respectivamente), países que lideran la recaudación de la UE en este ámbito. En el lado opuesto, cabe destacar que un conjunto de Estados miembros no cuenta con este impuesto, como es el caso Portugal, Austria o Suecia.
En todo caso, desde el organismo que dirige José Luis Escrivá se advierte de que en España existe una notable heterogeneidad en la recaudación de este impuesto entre comunidades autónomas, que tienen la potestad para modificar los parámetros de este tributo. En 2023, los ingresos más elevados correspondieron a Baleares, seguida del Principado de Asturias, Cataluña y La Rioja, todas ellas con una recaudación por encima del 0,3% de su PIB. En el otro extremo, Extremadura, Andalucía y la Región de Murcia obtuvieron los menores niveles de recaudación, por debajo del 0,15% del PIB.
El organismo supervisor ha utilizado un modelo de microsimulación para estimar los efectos de varias reformas, partiendo de la situación actual y aplicando diferentes escenarios normativos que equipararían la tributación en todo el territorio nacional. A partir de este modelo de microsimulación, el Banco de España ha estimado que si todas las comunidades autónomas fijasen los parámetros del impuesto según la ley estatal que sirve como referencia, la recaudación podría elevarse en 0,5 puntos porcentuales de PIB, desde el 0,23% actual hasta el 0,7%.
“Esta cuantificación parte del supuesto de que las modificaciones introducidas en el tributo no inducirían cambios sustanciales en el comportamiento de los agentes económicos”, explican los autores del artículo, Isabel Micó y Roberto Ramos.
Madrid amplía desde hoy la rebaja de este impuesto entre hermanos, tíos y sobrinos una vez que ya existía de padres a hijos
El estudio plantea varios escenarios con cuantificaciones que varían según las medidas que se lleven a cabo. En concreto, las estimaciones del Banco de España apuntan a que los ingresos por este impuesto aumentarían desde el 0,23% actual hasta el 0,43% del PIB si se excluyesen las bonificaciones sobre la cuota y hasta el 0,46% si, además, se utilizase la tarifa estatal de referencia.
El tercer y cuarto escenario, que añaden a los dos primeros las reducciones por parentesco y el resto de los parámetros contenidos en la normativa de alcance estatal, arrojarían una recaudación del 0,67% y del 0,74% del PIB respectivamente, en torno a 0,5 puntos por encima de la estimada en el escenario base.
Por comunidades, el incremento recaudatorio de la primera reforma, en términos absolutos, vendría explicado fundamentalmente por la Comunidad de Madrid, debido a que dicha región tiene bonificada en gran medida la cuota tributaria del impuesto. Madrid amplía desde hoy la rebaja de este impuesto entre hermanos, tíos y sobrinos una vez que ya existía de padres a hijos.
El establecimiento de la tarifa de referencia estatal incidiría principalmente en Cataluña y Baleares, puesto que sus escalas de gravamen se sitúan ligeramente por debajo de dicha referencia estatal.
Por su parte, el restablecimiento hipotético de las reducciones por parentesco establecidas por defecto incidiría especialmente en Andalucía y en Cataluña, ya que estas autonomías tienen estipuladas reducciones por encima de los valores predeterminados. El incremento en los ingresos resultado de la aplicación del valor de referencia del resto de los parámetros del impuesto recaería de nuevo principalmente en estas dos comunidades.
La realización de una reforma de este impuesto tendría que venir de un acuerdo político directo de las dos fuerzas políticas mayoritarias tendente a una reforma del actual sistema de financiación autonómica.