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El Constitucional admite el recurso contra la ley catalana del alquiler

El Alto Tribunal tramitará la impugnación presentada por el PP y da traslado a las partes.

EjePrime

29 ene 2021 - 11:20

El Constitucional admite el recurso contra la ley catalana del alquiler

 

El Pleno del Tribunal Constitucional ha admitido a trámite el recurso de inconstitucionalidad promovido por más de 50 diputados del PP contra varios artículos y disposiciones adicionales primera y cuarta de la Ley de Cataluña 11/2020, de 18 de septiembre, de medidas urgentes en materia de contención de rentas en los contratos de arrendamiento de vivienda. 

 

El Tribunal acuerda dar traslado de la demanda y documentos presentados al Congreso de los Diputados, al Senado, al Gobierno, así como al Parlamento de Cataluña y a la Generalitat, para que formulen las alegaciones que consideren oportunas. Los recurrentes consideran que la norma autonómica ha podido vulnerar los artículos 9.3, 10.1, 25, 33 y 149.1 apartados 1, 6, 8 y 18 de la Constitución.

 

La ley catalana fue aprobada en septiembre de 2020 y obliga a congelar o bajar el precio de los alquileres en las zonas con “tensión” residencial de las 60 ciudades catalanas con más de 20.000 habitantes. Quedan exentos los arrendadores “vulnerables”, considerándose como tales a los que ingresen menos de 2.000 euros mensuales.

 

JxCat, ERC, los Comunes y la CUP impulsaron la norma junto al Sindicat de Llogaters y la Generalitat. Por su parte, Ciudadanos, PSC-Units y PPC votaron en contra porque entender que es una ley “electoralista” e “inconstitucional”. Además, recordaron que el Consejo de Garantías Estatutarias advirtió en un dictamen de que contiene varios artículos que vulneran competencias estatales.

 

Se consideran "áreas con un mercado de vivienda tenso" las que cumplan uno de estos tres requisitos: que el precio de los alquileres presente un crecimiento sostenido notablemente superior a la media catalana, que los arrendatarios tengan que destinar más del 30 % de sus ingresos a pagar las mensualidades, y que el precio del alquiler haya subido tres puntos por encima del IPC en los últimos cinco años.