Las solicitudes de alquileres colapsan los registros de los municipios turísticos
Para llegar al plazo del 1 de julio, los registradores han emitido un número de registro provisional y gratuito. Hasta ayer lunes, se habían realizado más de 215.400 solicitudes de un total de 400.000 viviendas turísticas.


1 jul 2025 - 05:00
Fin de plazo. La obligatoriedad de tener un número de registro único de alquiler (Nrua) a partir del 1 de julio para la comercialización de alquileres turísticos ha puesto al límite a un buen número de oficinas del Registro de la Propiedad ubicadas en los denominados municipios turísticos.
Con un personal muy limitado y una actividad en aumento ante el ingente número de compraventas de viviendas de segunda residencia que se están produciendo en un buen número de estos municipios de playa, los registros han sumado la gestión de este número requerido obligatoriamente a los dueños de pisos turísticos para llevar a cabo su actividad, lo que está colapsando la actividad cotidiana de estas oficinas de localidades que en verano llegan a multiplicar por dos dígitos su población.
Según ha podido conocer EjePrime, la dificultad de ejecutar estas solicitudes de registro turístico está provocando que en un primer momento, para agilizar la gestión y evitar atascos, se emita un número provisional referenciado al dado por la comunidad, con el fin de llegar en plazo al 1 de julio. Ya será con posterioridad cuando el registro emita el dígito definitivo, así como el pago de la gestión de 27,05 euros más impuestos que cuesta este trámite.
Según datos del Ministerio, 94.209 de las 215.438 solicitudes han sido aprobadas, y más de 15.200 ha sido revocadas
Desde una oficina de registro de un municipio turístico, que cuenta con una importante actividad de alquiler vacacional, tanto por parte de empresas como de particulares, manifiestan su saturación en la gestión de este número de referencia. Y es que pese a conocerse desde hace meses la obligatoriedad de contar con este número de registro para poder anunciarse en las diferentes plataformas digitales, ha sido a medida que se ha ido acercando el plazo de aplicación, cuando se han recibido el mayor número de peticiones, tanto presenciales como telemáticas, lo que ha provocado un colapso en la gestión del día a día, al no contar con los efectivos necesarios para una gestión adecuada.
Hasta ayer lunes, según datos aportados por el Ministerio de Vivienda, los registros de la propiedad de toda España han generado 215.438 solicitudes en todo el territorio nacional. De ellas 94.209 han sido aprobadas, 15.275 denegadas y 102.732 se encuentran pendientes de verificación por parte de los Registradores, lo que puede dar idea del grado de colapso que vienen experimentando las oficinas de los registros de la propiedad. Las solicitudes son mayoritariamente de alquiler turístico (169.908), que se concentran principalmente en las comunidades de Andalucía, Baleares, Canarias, Cataluña y Comunidad Valenciana.
Esta cifra supone que han solicitado registro solo algo más de la mitad del total de viviendas para alquilar que hay en España. Según datos elaborados por el Instituto Nacional de Estadística (INE) el censo de este tipo de viviendas oscila entre las 350.000 y las 400.000 viviendas para alquiler turístico, lo que viene a representar entre el 1,3% y el 1,5% del total del parque de viviendas totales. Pero además, de las solicitudes presentadas solo el 55% fueron aprobadas.
Hace unos días, el Ministerio de Vivienda y Agenda Urbana publicó que el parque total de viviendas en España superó ligeramente los 27 millones de unidades de las que 7,72 millones se corresponden con segundas residencias. El total de plazas de ocupación turística que se materializan con estas viviendas de uso turístico oscila entre los 1,75 y los 2 millones, lo que arroja que por cada vivienda se alojan de media cinco personas.
Registradores señalan que se ha dado la oportuna formación a los empleados de los Registros de la Propiedad
Desde Registradores señalan que se ha dado la oportuna formación a los empleados de los Registros de la Propiedad. Desde el Colegio de Registradores se han reforzado todos los servicios de atención al cliente, además se han elaborado diversos materiales disponibles en su web, así como diversos trabajos doctrinales para permitir una aplicación uniforme de la norma en todo el Estado. Hay que tener en cuenta que se trata de la única norma aplicable en toda España y que busca una homogenización de esta actividad.
Entre los materiales publicados cabe destacar un manual que explica el procedimiento para la obtención del código en la web de registradores. Asímismo la web del Ministerio de Vivienda tiene publicadas unas respuestas a preguntas frecuentes y existen también vídeos explicativos del procedimiento establecido un sistema de regulación de los arrendamientos de viviendas amuebladas de corta duración. En España, se dictó el Real Decreto 1312/2024 el 23 de diciembre del pasado año, siendo así el primer país de la Unión Europea que daba cumplimiento efectivo a la norma.
El Real Decreto 1312/2024 por el que se crea la ventanilla única digital de arrendamientos ha establecido la forma en que los propietarios pueden obtener el número de registro de alquiler que será necesario para anunciar arrendamientos de corta duración, turísticos o para otros fines, en plataformas digitales a partir del 1 de julio de 2025.
El número de registro de alquiler se obtiene presentando una solicitud en el registro de la propiedad que corresponda con la ubicación del inmueble, acompañada de las correspondientes declaraciones o licencias que fueran exigibles para el uso, fundamentalmente de carácter autonómico, lo cual podrá realizarse presencialmente o a través de la sede electrónica del colegio de registradores.
Hace un mes, Consumo decretó el bloqueo de 66.000 anuncios ilegales de viviendas turísticas de Airbnb
En el caso de solicitarse a través de la sede electrónica, será necesario disponer de un certificado digital o bien utilizar el sistema de firma de un solo uso que se establece en la propia página, facilitando que aquellas personas que carecen de firma digital puedan firmar y presentar la instancia a través de la sede electrónica.
Hace poco más de un mes, el Ministerio de Consumo decretó el bloqueo de cerca de 66.000 anuncios ilegales de viviendas turísticas publicadas en la plataforma de Airbnb por contravenir la normativa sobre la publicidad de este tipo de alojamientos turísticos. En concreto consideró que se vulnera la normativa de las diferentes comunidades autónomas donde Consumo detectó estos anuncios. En todos los casos se trataba de viviendas completas de uso turístico.
Desde la Dirección General de Consumo se argumentó que no se incluía el número de licencia o registro, no indicaban la naturaleza jurídica de los arrendadores e incorporaban números de licencia que no correspondían a los expedidos por las autoridades. La compañía recurrió la decisión ante los tribunales y el Tribunal Superior de Justicia de Madrid se pronunció con un auto que avalaba las actuaciones de Consumo, instando a la retirada de 5.800 anuncios de pisos turísticos de manera inmediata.
Este lunes el Ministerio de Derechos Sociales, Consumo y Agenda 2030 ha entregado un nuevo archivo digital al Ayuntamiento de Madrid en el que se detallan las direcciones postales de 3.565 pisos turísticos ilegales ubicados en la ciudad de Madrid. La información ha sido obtenida por la Unidad de Análisis de Consumo, que ya en el mes de marzo advirtió al alcalde Martínez Almeida que solo en la ciudad de Madrid se anuncian en las diferentes plataformas más de 15.000 alojamientos turísticos ilegales. En aquel momento, Consumo trasladó al Ayuntamiento que en Madrid había más de 15.000 alojamientos turísticos operando sin licencia, en concreto, 15.204.